[HACK] La Audiencia Provincial de Barcelona paraliza las vistas contra tiendas informáticas hasta que el Tribunal Europeo dictamine sobre la "equidad" del canon

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Mon May 26 13:26:55 CEST 2008


22/05/08 19:04:10


LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA PARALIZA LAS VISTAS CONTRA
TIENDAS INFORMÁTICAS HASTA QUE EL TRIBUNAL EUROPEO DICTAMINE SOBRE
LA "EQUIDAD" DEL CANON


Mercè Molist
La Audiencia Provincial de Barcelona ha paralizado las vistas de al
menos seis casos de tiendas de informática, denunciadas por las
entidades de gestión de derechos de autor por no facturar el canon.
Según la Audiencia, al habérsele planteado dudas sobre la "equidad"
de esta tasa, suspende todos los procedimientos hasta tener la
opinión del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Ayer
se anulaba también en Burgos un juicio contra una tienda, a la
espera de este dictamen.

Los seis comercios de Barcelona habían sido ya juzgados y
condenados, por lo que apelaron a la Audiencia Provincial. Después
de una primera vista con uno de ellos, la Audiencia ha hecho
públicas sus dudas sobre la idoneidad de cobrar el canon por copia
privada a empresas, administraciones y particulares que usen los
soportes y aparatos gravados para realizar otros tipos de copias.

La providencia de la Audiencia se pregunta si "la aplicación en
España del canon por copia privada respecto de aparatos o materiales
de reproducción digital excede de lo que debería ser una
compensación equitativa por la limitación que supone el derecho de
reproducción por copia privada, tal y como es concebida por la
Directiva Comunitaria 2001/29 CE, al afectar a materiales y medios
destinados a un uso distinto, como puede ser el almacenamiento de
información generada por la propia interesada".

Las partes en litigio tienen 10 días para argumentar en favor o en
contra de esta decisión. La Audiencia remitirá al Tribunal Europeo
tanto su pregunta como la que quiera formular el abogado de las
tiendas, Josep Jover.

Las dudas de la Audiencia surgieron cuando, hace tres semanas, la
tienda de informática Traxtore presentó su apelación, en la que
destacaba la respuesta que dio el Comisario Europeo de Mercado
Interior y Servicios, Charlie McCreevy, en nombre de la Comisión
Europea, a una pregunta del eurodiputado de Iniciativa per
Catalunya-Verds, Raül Romeda: "Sólo deben gravarse con cánones los
soportes y equipos que efectivamente se utilicen para hacer copias
realmente destinadas a uso privado. La Comisión considera que los
equipos utilizados con fines comerciales, en empresas o en
Administraciones Públicas, no deberían gravarse con cánones".

McCreevy denunciaba en su dictamen que "el canon sobre productos
digitales implantado en España se aplica a soportes y aparatos sin
hacer distinción entre los consumidores que se proponen utilizarlos
para la reproducción de material protegido y los que no tienen tal
propósito". En consecuencia, según el comisario europeo, "se gravan
con cánones muchos productos que pueden utilizarse para realizar
copias privadas, pero que sirven también para otros fines por
completo ajenos a la excepción prevista en la Directiva. Los
usuarios, ya se trate de grandes empresas, pequeñas y medianas
empresas, administraciones públicas, escuelas y otros, han de pagar
aunque no realicen jamás copias para uso privado".

La tienda Traxtore había sido denunciada por la Sociedad General de
Autores y Editores (SGAE) en marzo de 2006. Le pedían 48.000 euros
por haber efectuado compras desde 2002 en las que no había pagado el
canon a sus proveedores. Por aquel entonces, muchas tiendas
informáticas no conocían el funcionamiento del canon, ya que hasta
2003 la patronal del sector, ASIMELEC, no firmó un acuerdo público
con las entidades de gestión de derechos de autor. Este
desconocimiento motivó que muchas tiendas no estuviesen al día de
sus pagos del canon y fuesen denunciadas.

En el juicio contra Taxtore, en enero de 2007, la tienda alegó la
inconstitucionalidad del canon pero la sentencia, dictada en junio,
calificaba su alegato de "una serie de argumentos insostenibles que
carecen del más mínimo rigor jurídico y que resultan ser por lo
descabellados imposibles de contraargumentar lógicamente. Lo único
que merecen es un rechazo general, afirmando que no existen motivos
para plantear la cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal
Constitucional ni cuestión prejudicial alguna al Tribunal de
Justicia de la Comunidad Europea".

Traxtore perdió el juicio y Ana María Méndez, propietaria de la
tienda, decidió apelar a la Audiencia Provincial de Barcelona y
traspasar a este organismo el dictamen de McCreevy, que ha motivado
la actual decisión. Méndez la considera "una forma de responder a
los guiños que nos llegan desde Europa diciendo que esto es abusivo
y hay que regularlo, en el sentido que sea equitativo y realmente
compensatorio".

Méndez creó en 2004 la primera asociación española de tiendas de
informática, APEMIT, para asesorar y procurar defensa legal a otros
comerciantes demandados: "Cuando hablo con mis proveedores de
Alemania, Francia o Bélgica, no entienden nada porque allí no está
pasando lo que aquí. Esta decisión de la Audiencia es una esperanza,
la forma de que se sepa esto en Europa. No se puede cobrar por todo
como compensación de copia privada porque es injusto".

Según el abogado Josep Jover, se trata de la primera vez que, en un
caso de derecho mercantil, la Audiencia acepta este tipo de
consulta. Según Jover, hasta ahora, las sentencias han sido en su
mayoría condenatorias contra las tiendas. En la actualidad calcula
que hay unos 200 casos similares en toda España. Según el abogado,
todos los apelantes pueden incluir la misma petición de consulta a
Europa, y la decisión del tribunal barcelonés puede tener efecto dominó.


Buenas noticias
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