[HACK] GC ... Y luego se quejan de que nos metamos con ellos.

Bernardo Quintero bernardo at hispasec.com
Tue Apr 8 00:02:47 CEST 2003


> Veremos lo que se pena, exactamente, cuando concluya el juicio. No
> olvidemos que esta herramienta está diseñada explícitamente para a)
> propagarse lo máximo posible, y b) intentar eludir la detección y
> eliminación. Se me hace difícil creer que ello sea un accidente.

Aun así, dudo que la creación y posesión de la herramienta sea delito
según las leyes actuales en España. Será delito su uso de forma
fraudulenta.

De hecho, los que defienden la creación/programación de virus (que los
hay), argumentan que es un ejercicio de libertad de expresión, que
debiera ser considerado como obra intelectual. El problema viene
cuando el virus se distribuye y causa daños a terceros, y después surgen
criterios aun más subjetivos como la intencionalidad en la distribución, etc.

Un enfoque interesante es la comparación con el software legítimo.
Más de un programa comercial ha provocado perdidas de datos y
daños colaterales bastantes serios debidos a bugs o problemas de
diseño. En estos casos, aunque no haya una intencionalidad manifiesta,
el daño se causa por omisión y puede ser acusado de negligencia.

¿Alguién se ha leido esos contratos de uso que todos pasamos por alto
al instalar un programa comercial, donde se limpian las manos sobre
el mal funcionamiento y daño que pudiera causar el programa?

¿Qué ocurriría, desde el punto de vista jurídico, si se crea un virus y se
publicara con un contrato de uso similar?

La realidad es que existen bastantes vacios en este terreno, por lo
que el resultado de este tipo de juicios es bastante incierto.

Saludos,
Bernardo



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